SALA CONSTITUCIONAL NOTIFICA SENTENCIA SOBRE MATRIMONIO GAY

  • EL PRÓXIMO PASO ES QUE SE PUBLIQUE EN EL BOLETÍN JUDICIAL, PARA QUE SENTENCIA SEA EFECTIVA

El abogado y activista Marco Castillo, de Movimiento Diversidad, confirmó que la tarde de este miércoles 14 de noviembre recibió la sentencia completa de la Sala Constitucional sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo.

“La notificación tuvo que ser hecha por medio de un disco porque era muy grande“, dijo Castillo a CRHoy.com. Agregó que las páginas no vienen numeradas, pero calcula que son unas 500.

Castillo fue quien presentó la acción de inconstitucionalidad contra los artículos impugnados.

Ahora la Imprenta Nacional deberá publicar el documento en el Boletín Judicial para que entre a regir, tal y como lo establece el reglamento.

El pasado 8 de agosto la Sala Constitucional dio un plazo de 18 meses para que queden sin efecto los artículos de la legislación costarricense que impiden el matrimonio entre 2 personas del mismo sexo, entre ellos el artículo 14 y 234 del Código de Familia, también el artículo 4 de la Ley de Persona Joven.

Sin embargo este plazo no empezará a correr hasta que la sentencia hoy liberada sea publicada en el Boletín Judicial.

“Vamos a pedirle a la Imprenta Nacional que le de absoluta prioridad a esta publicación”, añadió Castillo.

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Hace unos minutos el Poder Judicial confirmó que notificó el voto 2018-12782 que se tramitó bajo el expediente número 15-013971-0007-CO. “En los próximos días, el Tribunal remitirá dicha sentencia a la Imprenta Nacional, con el fin de que se proceda a su publicación íntegra en el Boletín Judicial, conforme lo dispuesto en el pronunciamiento antes mencionado”, informó.

La sentencia de la Sala Constitucional invitaba a los diputados a generar leyes sobre la unión de dos personas del mismo sexo en un plazo máximo 18 meses. Si no hay acuerdo y se vence el tiempo la unión será legal automáticamente, es decir no se hará diferente entre el sexo de las personas para celebrar e inscribir los matrimonios.

Los magistrados acordaron que los diputados deben legislar apegados a la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de enero anterior, que establece que el Estado debe garantizar los mismos derechos a las parejas heterosexuales y homosexuales.

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Antes de esto 3 generaciones de diputados ignoraron la recomendación de la Sala Constitucional de regular las uniones entre dos personas del mismo sexo. Desde el 2006 los magistrados emitieron una resolución que hasta hoy sigue desatendida en Cuesta de Moras.

En el 2006 el abogado Yashín Castrillo interpuso una acción de inconstitucionalidad contra el Código de Familia y el Código Penal, con el fin de que 2 personas del mismos sexo pudieran contraer matrimonio sin sanciones legales. La acción fue declarada sin lugar, pero los magistrados reconocieron que era necesario crear leyes que regularan estas uniones.

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2018 11 14 Sentencia Matrimonio Igualitario Costa Rica15-013971 RESOLUCION 

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